El Tribunal Supremo ha absuelto a cuatro personas condenadas por la Audiencia Provincial de Cádiz por llevar en una furgoneta 1.724 gramos de cocaína para su distribución en Barbate al considerar que su actuación pudo ser provocada por un confidente de la Guardia Civil.
En una sentencia hecha pública hoy, el Supremo estima los recursos de casación interpuestos por tres de los condenados, incluido el confidente, y recuerda la reiterada jurisprudencia que deja claro que "en el cumplimiento de las leyes" y en "la prevención y represión de la delincuencia" es exigible la "absoluta legalidad" tanto "para los fines como para los medios".
Con este argumento el TS anula la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que en enero del 2012 condenó a una mujer y tres hombres como autores de un delito consumado contra la salud pública con sustancias que causan grave daño a penas de seis años de cárcel para tres de ellos y de siete y medio para un cuarto.
Los hechos por los que fueron condenados ocurrieron en la madrugada del 13 de diciembre de 2009 cuando los acusados, dos de ellos procedentes de Sevilla, quedaron en Conil de la Frontera después de que uno de ellos, el confidente de la Guardia Civil, les dijera que podía ayudarles a distribuir droga en Barbate.
El Supremo recuerda que, gracias a la información facilitada por el confidente, la Guardia Civil instaló un control en la carretera A-314 de Barbate que interceptó la furgoneta en la que llevaban oculta la droga, cuyo valor en el mercado negro hubiera superado los 75.000 euros.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, explica que la Audiencia Provincial no ha acreditado suficientemente de quién era la droga que transportaban ni cuál era su procedencia.
Recuerda que la sentencia de la Audiencia Provincial recoge que el confidente de la Guardia Civil había actuado como tal "con resultados poco satisfactorios, al parecer" por lo que le habían dado "un aviso de la posibilidad de prescindir de sus servicios".
Explica que los agentes de la Guardia Civil reconocieron en el juicio que se reunieron con el confidente poco antes de la interceptación de la droga y que posteriormente les llamó por teléfono para decirles que "todo iba para adelante", lo que hizo que se instalara el control policial.
"De todo ello resulta, en primer lugar, que la operación de transporte de droga hacia Barbate solo tuvo lugar como consecuencia de la intervención del confidente, que actuaba en connivencia con los agentes policiales", dice la sentencia.