La abogada de la diseñadora Juana Martín, para quien la Fiscalía solicita ocho años de cárcel por las ayudas que recibió de la empresa pública andaluza Invercaria, ha criticado esa "petición desorbitada de penas" y ha afirmado que no existió "ningún pacto" para malversar esos fondos.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha comenzado este martes la vista oral contra Martín y otros tres acusados, entre ellos Tomás Pérez-Sauquillo, expresidente de Invercaria, por los 850.000 euros que recibió la modista cordobesa provenientes de esa sociedad de capital riesgo dependiente de la Junta de Andalucía entre 2006 y 2011.
La Fiscalía Anticorrupción solicita para Martín y Pérez-Sauquillo ocho años de prisión por un delito de prevaricación en concurso medial con otro de malversación, así como seis años y medio para el exdirector de Promoción Cristóbal Cantos y el ex director financiero Antonio Nieto.
En el trámite de cuestiones previas, la defensa de la diseñadora ha lamentado la "petición desorbitada de penas" para su clienta y ha recordado que ella no pidió la subvención pública, sino que "fue Invercaria la que se dirigió a Juana Martín" debido a "su éxito empresarial".
"No hubo ningún pacto de Juana Martín con ninguna persona relacionada con Invercaria" para malversar las ayudas que recibió, ha proseguido la letrada, que ha planteado una posible vulneración de derechos fundamentales porque la Fiscalía "no concreta qué conducta es reprochable penalmente", lo que "imposibilita su defensa con las máximas garantías".
"No sabemos qué participación se le achaca", ha sentenciado la abogada, Dolores Moreno, a quien el fiscal ha respondido recordando que, según la doctrina del Tribunal Supremo, un escrito de acusación "debe ser completo y específico, pero no exhaustivo".
En cuanto al resto de defensas, la de Cristóbal Cantos ha solicitado al tribunal que ordene al juez instructor el sobreseimiento de la causa porque "la acusación es incompleta y no permite conocer con precisión de qué" se tiene que defender.
Este letrado, el exfiscal José María Calero, ha añadido que los hechos, en todo caso, "no son delictivos desde el punto de vista penal" y sólo podrían generar una responsabilidad "si acaso civil".
"Nunca debió abrirse juicio oral, son hechos ajenos al Código Penal", ha argumentado el abogado, que en caso de no ver atendida esa cuestión previa denunciará indefensión "porque no se concreta en qué consistió ese incumplimiento tan grave de la normativa que se le achaca".
Tras tomarse un descanso para deliberar sobre estas y otras cuestiones previas, el tribunal de la Sección Primera ha decidido que resolverá sobre ellas en la sentencia porque "ninguna impide la celebración del juicio".