El jurado declara culpable de asesinato al acusado de matar a su tía

Publicado: 29/11/2016
Propició 42 puñaladas a su tía el día 7 de mayo de 2015 en la barriada de San Diego porque la culpaba de la muerte de uno de sus perros
Un jurado popular ha declarado este martes culpable por unanimidad de un delito de asesinato a José G.O., el acusado de matar de 42 puñaladas a su tía el día 7 de mayo de 2015 en la barriada de San Diego porque la culpaba de la muerte de uno de sus perros.

En un veredicto hecho público en la Audiencia Provincial de Sevilla, el jurado ha declarado probado que, días antes del 7 de mayo, el acusado acudió con su tía al veterinario con motivo de la enfermedad de un perro de su propiedad, no pudiéndose hacer nada por el animal, añadiendo que el imputado "culpaba" a la víctima de dicha muerte.

Por este motivo, y según ha señalado el jurado, el encausado se dirigió portando una navaja de diez centímetros de hoja el 7 de mayo al taller de cerámica que regentaba su tía en la barriada de San Diego y le apuñaló "de forma sorpresiva e inesperada" y "sin dar lugar a reacción alguna" por parte de la víctima hasta en 42 ocasiones por distintas partes del cuerpo como el cuello, el tórax o el abdomen.

SUFRIMIENTO "INHUMANO"

El jurado también ha declarado probado por unanimidad que el acusado causó a su tía un dolor y un sufrimiento "inhumanos", ya que la víctima recibió las 42 puñaladas estando viva.

Asimismo, el jurado ha considerado probado que José G.O. estaba diagnosticado de esquizofrenia paranoide y, por este motivo, tenía alteradas de forma "importante" su capacidad de entender y su voluntad en el momento de los hechos, rechazando así que tuviera anuladas por "completo" sus facultades, tal y como ha defendido su abogado.

El jurado también ha declarado culpable a una hermana de la víctima de un delito de omisión del deber de impedir delitos o promover su persecución, ya que, días antes de los hechos, el acusado le manifestó su intención de acabar con la vida de su tía y, pese a ello, la imputada no denunció tal circunstancia.

DIEZ AÑOS Y MEDIO DE PRISIÓN

Una vez hecho público el veredicto del jurado, la Fiscalía ha solicitado para el acusado diez años y medio de prisión, aunque ha interesado que cumpla dicha pena en un establecimiento adecuado a la esquizofrenia paranoide de la que está diagnosticado, así como el pago de una indemnización total de 200.000 euros al marido, el hijo, la madre y los hermanos de la víctima.

Asimismo, ha pedido dos años de cárcel para la acusada, aunque ha pedido al tribunal que, en su caso, se le suspenda la pena si no vuelve a cometer delito alguno en el plazo de cinco años, dado que no tiene antecedentes penales y no se le pide el pago de ninguna indemnización en concepto de responsabilidad civil.

De su lado, el abogado de la defensa ha insistido en que el acusado era una persona "absolutamente enferma" al tiempo de ocurrir los hechos y "no era consciente" de los mismos, por lo que ha interesado su internamiento durante siete años y medio en el Hospital Psiquiátrico-Penitenciario de la cárcel de Sevilla-I, donde actualmente está ingresado.

Además, se ha opuesto a la indemnización de 200.000 euros interesada por el Ministerio Público, pues el acusado no tiene medios ni bienes y únicamente cuenta con una pensión de poco más de 200 euros mensuales por discapacidad que "es inembargable".

Por último, ha pedido la libre absolución de la acusada al entender que "si hubiera tenido conocimiento de que realmente" el imputado iba a cometer el crimen, lo hubiera denunciado.

En su declaración en el juicio, el acusado admitió que acabó con la vida de su tía, de 48 años e identificada como Carmen Gómez, porque ésta había "matado" a una perra de su propiedad, y se mostró arrepentido de haber cometido el crimen.

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