La Audiencia de Toledo condena a Bárcenas a indemnizar con 50.000 euros a Cospedal por vulnerar su derecho al honor

Publicado: 06/02/2015
La Audiencia de Toledo impone del mismo modo a Luis Bárcenas que "cese en dicha intromisión ilegítima" y le condena a "la publicación, a su costa, de la sentencia íntegra en dos diarios de tirada nacional en versión escrita"
La Audiencia Provincial de Toledo ha dictado una sentencia en la que señala que el extesorero del PP Luis Bárcenas vulneró el derecho al honor de la presidenta de Castilla-La Mancha y secretaria general del partido, María Dolores de Cospedal, por lo que le condena a indemnizarla con 50.000 euros.

   En esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia de Toledo impone del mismo modo a Luis Bárcenas que "cese en dicha intromisión ilegítima" y le condena a "la publicación, a su costa, de la sentencia íntegra en dos diarios de tirada nacional en versión escrita".

   Esta sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo estima el recurso de apelación presentado por María Dolores de Cospedal después de que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Toledo desestimara la demanda interpuesta por la secretaria general del PP. Ese juzgado había entendido que no existían suficientes pruebas de que Bárcenas vulnerara su derecho al honor, a raíz de los papeles sobre la supuesta contabilidad B en el PP publicados en el diario 'El País'.

   Dicha sentencia señalaba que, aunque daba por probado que Bárcenas había escrito lo papeles publicados, no se había probado que los publicitara, de ahí que fuera absuelto. Contra esa resolución, Cospedal interpuso recurso de apelación, alegando "error en la apreciación de la prueba" y se remitieron los autos a la Audiencia Provincial.

   La sentencia de la Audiencia hecha pública hoy recuerda que el contenido de los papeles elaborados por el extesorero con la supuesta contabilidad B del Partido Popular "constituyen un claro y evidente menoscabo de la dignidad personal y profesional" de María Dolores de Cospedal, además de "un atentado contra su fama", ya que los hechos relatados "no se han probado como veraces" y, por tanto, sin esa prueba de veracidad, "los hechos son difamatorios e injuriosos".

   Además, señala que o el propio Bárcenas o una persona relacionada con él fue quien entregó estos papeles al diario 'El País', y añade que siempre que Bárcenas se reunió con periodistas, llevaba consigo los papeles. "Y si además, su postura jurídico-política se beneficia por la publicación de los referidos papeles, y no da razón convincente de otra posibilidad siquiera, el hecho que se trataba de demostrar debe darse por acreditado conforme a las reglas del criterio humano".

OFENSA GRAVE

   Por todo ello, la Audiencia Provincial de Toledo reconoce "que la ofensa al honor es grave y escandalosamente perjudicial para la fama y crédito" de Cospedal, dada su condición social y actividad pública.

   En todo caso, recuerda que la indemnización pedida por Cospedal era de 100.000 euros, pero que en primera instancia la demanda era tanto a Luis Bárcenas como al diario 'El País', a quienes se solicitaba de manera solidaria la cuantía total.

   Tras la vista celebrada en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Toledo, la representación legal de Cospedal retiró la demanda al periódico, por lo que la Audiencia Provincial estima ahora que solo se indemnice en 50.000 euros a la secretaria general del PP, ya que solo queda un demandado en la causa.

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