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El Puerto

Se desestima el recurso de reforma interpuesto por Ecologistas

Varapalo a Ecologistas en Acción de El Puerto, haciendo constar que los políticos del resto de partidos no mostraron oposición alguna ante el supuesto delito

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  • Apemsa. -

El Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 5 de El Puerto ha dictado auto en el que “se desestima la reforma del auto de archivo, reiterando íntegramente las razones expuestas en el auto recurrido de fecha 14 de junio de 2017, y haciendo propias las alegaciones del Ministerio Fiscal de fecha 4 de octubre de 2017. Añadir que incluso, en el seno de la Junta del Consejo de Administración de la Empresa Pública celebrada el día 13 de diciembre de 2010, los consejeros que no votaron de manera favorable y que pertenecían a otros grupos políticos, simplemente se abstuvieron, no mostrando oposición alguna ante un flagrante delito, supuesto, que se estaba cometiendo. Como ya se indicó, debe ser otra la vía empleada para resolver la presente cuestión”.
Es de destacar el apoyo expreso del Fiscal al auto en cuestión. Ecologistas en Acción puede recurrir a la Audiencia Provincial y será está la que determine lo que estime conveniente. No obstante, habría que recordar que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de El Puerto de Santa María dictó otro auto en junio de este año por el que sobreseía provisionalmente y archivaba la causa conocida como 'caso Apemsa', sobre supuestas irregularidades en la gestión de la Empresa Pública de Aguas y en el que se vieron implicados técnicos y dos exalcaldes del PP.
Según la denuncia, a la que tuvo acceso Europa Press, los denunciados, como miembros del consejo de administración de la referida empresa pública, votaron en Junta General de 2010 prorrogar dos contratos de prestación de servicios suscritos con la entidad Aqualia, vulnerando supuestamente la normativa esencial sobre contratación pública, ya que, según los denunciantes, "encubrían realmente nuevos contratos, evitando así el concurso de otras empresas".
El auto señalaba que "difícilmente puede hablarse de una resolución jurídicamente insostenible y de una conducta dolosa en los investigados, quienes recabaron todos los informes precisos y votaron conforme a ellos, resultando irrelevante, desde la perspectiva del Ius puniendi, si la decisión de fondo fue o no ajustada a derecho".
En el caso del auto que nos ocupa, el Magistrado añade que “incluso, en el seno de la Junta del Consejo de Administración de la Empresa Pública celebrada el día 13 de diciembre de 2010, los consejeros que no votaron de manera favorable y que pertenecían a otros grupos políticos, simplemente se abstuvieron, no mostrando oposición alguna ante un flagrante delito, supuesto, que se estaba cometiendo. Como ya se indicó, debe ser otra la vía empleada para resolver la presente cuestión”.

Se trata de otro varapalo más para Ecologistas en Acción, unido al que recibieron los miembros de la plataforma “Apemsa no se vende” –pendiente de resolución- y que condenaba a Juan Clavero, María Ángeles Fernández Cortabarría y María del Carmen Calzado al pago de una indemnización de 5.000 euros cada uno de ellos, por el daño moral realizado sobre la persona del ex Consejero Delegado de Apemsa, Daniel Pérez Lorenzo.

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