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Costa Occidental

Luz verde para urbanizar 1.300.000 m2 en El Rompido, con campo de golf y casas de lujo

Contará con alrededor de 800 y 1.000 viviendas, un campo de golf de nueve hoyos, hoteles y un espacio de coliving dedicado al público sénior

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  • El Rompido -

La Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha otorgado Autorización Ambiental Unificada (AAU) a la urbanización de 1.300.000 metros cuadrados en el núcleo costero de El Rompido, en Cartaya, en los que se construirán viviendas de lujo y un campo de golf, entre otras dotaciones.

Se trata del proyecto de urbanización del Plan Parcial SUS-C2 "NUEVO ROMPIDO ESTE" del núcleo urbano de El Rompido, término municipal de Cartaya, promovido por la Junta de Compensación del SECTOR SUS-C2 El Rompido Este, según la resolución de la Delegación Territorial de la Consejería en Huelva, a la que ha tenido acceso EFE.

La resolución precisa que el área objeto de actuación se localiza en el noroeste de El Rompido -a unos 800 metros de la playa- y en él se pretende la realización de una urbanización compuesta por todas las parcelas cuya ordenación establece el Plan Parcial, tanto las residenciales turísticas como las comerciales, hoteleras y dotacionales privadas y públicas; igualmente, aquellas destinadas a zonas verdes y sistema de viales y las pequeñas parcelas de infraestructuras.

La ejecución correrá a cargo de la promotora vasca Loiola que ha denominado al proyecto 'Sagitta'; contará con alrededor de 800 y 1.000 viviendas, un campo de golf de nueve hoyos, hoteles y un espacio de coliving dedicado al público sénior, además de un centro comercial que contará con restauración y tiendas.

El proyecto, diseñado por el estudio de arquitectura onubense Urbanz plantea, además, un plan de reforestación y plantación de pinos junto con la recuperación de espacios pluviales, además de densificar el área con especies autóctonas que minimice la necesidad de riego.

La AAU concedida perderá su vigencia y cesará en la producción de sus efectos si no se hubiera comenzado la ejecución del proyecto o actividad en el plazo de cuatro años; en tal caso, el promotor o titular deberá iniciar nuevamente el trámite de autorización, salvo acuerdo de prórroga. 

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