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Sevilla

Sentencia firme para dos menores por un doble asesinato en el Polígono Sur

El Juzgado de Menores impone siete años de internamiento y libertad vigilada a dos jóvenes por su implicación en la muerte de dos hombres en Sevilla

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El Juzgado de Menores número 1 de Sevilla ha impuesto la medida de siete años de internamiento en régimen cerrado a dos menores de edad por su participación en la muerte de dos varones ocurrida el pasado mes de junio de 2024 en el Polígono Sur de la capital hispalense, según establece la sentencia dictada tras la conformidad mostrada por los dos jóvenes y sus respectivos abogados con el escrito de alegaciones de la Fiscalía y de la acusación particular.

En la sentencia de conformidad dictada el pasado día 25 de febrero y digfundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el Juzgado impone a uno de los menores, como autor de un delito de asesinato, de un delito intentado de asesinato y de un delito de lesiones con instrumento peligroso, la medida de siete años de internamiento en régimen cerrado y cinco años de libertad vigilada con asistencia educativa, conllevando esta última la prohibición de comunicar y acercarse a menos de 300 metros de la familia de una de las víctimas.

Asimismo, y como autor de un delito de asesinato y de un delito intentado de asesinato, el Juzgado impone al segundo de los menores la medida de siete años de internamiento en régimen cerrado y cuatro años de libertad vigilada con asistencia educativa, conllevando esta última la misma prohibición de comunicar y acercarse a menos de 300 metros de la familia de uno de los fallecidos. En concepto de responsabilidad civil, ambos menores, conjunta y solidariamente con sus padres, deberán abonar un total de 1.051.135,60 euros a las familias de las dos víctimas.

La celebración del acto de la audiencia por estos hechos estaba fijada para finales del pasado mes de febrero, pero, con carácter previo a la práctica de la prueba, el Ministerio Público y la acusación particular modificaron su escrito inicial de alegaciones, tras lo que los dos menores manifestaron ser los autores de los hechos que se les imputan y mostraron su conformidad con la medida solicitada por el Ministerio Público y la acusación particular.

Enfrentamiento entre familias

En la sentencia, se declaran como hechos probados por conformidad de las partes que fue la madrugada del día 3 de junio de 2024 cuando los dos jóvenes, junto con otras personas mayores de edad contra las que no se sigue este concreto procedimiento, "con ocasión de previas desavenencias familiares entre la hermana" de uno de los menores y la familia de la pareja de ésta, y "tras haber recibido llamadas de auxilio" de la referida hermana del joven "pidiendo ayuda", se dirigieron a la calle donde ésta residía, la calle Victoria Domínguez Cerrato, a bordo de un vehículo que conducía el padre de uno de los menores.

De este modo, "una vez llegados a las inmediaciones del domicilio", el primero de los fallecidos "fue atropellado, sufriendo fractura de la tibia, herida esta que lo dejó inmovilizado en el suelo y sin posibilidad de desplazamiento ni de defensa", añadiendo que, "al ver esto, se produjeron varios disparos hacia el vehículo" conducido por el padre de uno de los menores cuando éste estaba en movimiento, "deteniéndose el mismo y procediendo a bajarse ambos menores, que, junto con otros mayores, se dirigieron hacia" el varón, "que continuaba con vida tirado en el suelo, herido, inmovilizado y sin posibilidad de defensa, al que, simultáneamente los dos menores en compañía de los mayores, comenzaron a golpear y apuñalar".

Muerto por arma de fuego

Como consecuencia de estos hechos, el varón agredido sufrió, entre otras, varias heridas de arma blanca de carácter superficial, hematomas por todo el cuerpo compatibles con el atropello que imposibilitaban la deambulación después de su producción y heridas por arma de fuego, siendo la causa determinante de la muerte las heridas por arma de fuego que afectaron en su trayectoria a distintos órganos, algunos de ellos vitales.

En el relato de hechos probados de la sentencia, estas heridas por arma de fuego causantes de la muerte no se atribuyen a los menores, según se precisa en la sentencia.

La sentencia relata a continuación que la hija de este varón trató de evitar la agresión e intentó protegerle, momento en el que uno de los menores de edad le clavó en la cabeza la navaja que esgrimía, hechos por los que se atribuye a este joven un delito de lesiones con instrumento peligroso.

Seguidamente, y según la sentencia, los dos menores acusados y los mayores que les acompañaban se dirigieron contra el segundo de los fallecidos, que se encontraba a escasos metros, y, "concertados con la intención de acabar con su vida, le obligaron a ponerse de rodillas" y, "mientras unos le sujetaban por los brazos y la cabeza impidiendo que pudiera defenderse, le asestaron diez puñaladas por todo el cuerpo, desplazándose" el varón agredido "como pudo" hasta la tapia de unas vías del tren donde fue encontrado posteriormente por la Policía, siendo trasladado a un centro hospitalario cercano y, finalmente, falleciendo.

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