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Huelva

La dictadura de los bolardos

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Algunos se preguntarán ¿qué son los bolardos? Pues son esa especie de pivotes que hay en los extremos de las calles peatonales, que a veces están subidos y hay que pasar la famosa tarjetita que te autoriza para entrar en la calle y otras veces están bajados y entra todo el mundo.
Los problemas vienen por la dichosa tarjetita. Si en una vivienda hay varios residentes y vehículos, se solicita la tarjeta para el vehículo por residencia y te la conceden sin problema. Pero ¡Ay amigo!, y si lo que tienes es una plaza de garaje y más de un coche, ya empiezan los problemas. Porque yo he solicitado una tarjeta para el vehículo de mi hijo y me la han denegado, ya que, según el Ayuntamiento de Huelva, si tienes una plaza de garaje sólo puedes tener una tarjeta. ¿Cómo se come eso? Si tienes varios coches tendrás que tener varias tarjetas, es decir, una por cada uno de ellos. Se entiende ¿no? Es fácil.
Pues no. Según nuestro Ayuntamiento, aunque la plaza de garaje es tuya y has pagado el impuesto de la contribución, el derecho de admisión les pertenece.


¡A ver si nos enteramos! el derecho de admisión de una propiedad privada es del dueño de la misma, y el Ayuntamiento, por muy organismo público que sea y por mucha ordenanza que saque, no puede ir en contra de la norma, en este caso del Código Civil y de la Constitución donde se reconoce y protege el derecho a la propiedad privada. Según el principio de jerarquía normativa, una norma de rango inferior no puede ir en contra de otra de rango superior.
El derecho de acceso a una propiedad privada, es una institución de derecho civil que se refiere a derecho real de primera clase, que otorga al titular del mismo la facultad de usar, gozar y disponer del bien, objeto de esta propiedad. Otorga posesión absoluta al propietario sobre el bien en cuestión. Con "usar" se entiende la facultad que otorga el derecho de propiedad de utilizar el bien de acuerdo a su utilidad natural; el "goce" supone, asimismo, el derecho de propiedad que el propietario del bien tiene sobre los frutos que este produce, y el poder de "disposición" supone la facultad de enajenar, arrendar, alquilar o constituir cualquier género de derecho real sobre el bien. También deberían echar un vistazo a la regulación de bienes gananciales y al concepto de unidad familiar.
Según la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Huelva publicada en el B.O.P. nº 229, de 30 de noviembre de 2009, que regula el acceso a las calles peatonales, sólo podrán obtener la autorización municipal aquellos vehículos que se estacionen por los propietarios en garajes con autorización de vado sito en tales vías y el distintivo acreditativo sólo podrá utilizarse para el acceso del vehículo autorizado, no pudiendo cederse su uso para ningún otro vehículo, siendo el beneficiario responsable de su buen uso. Asimismo, dicho vehículo deberá llevar el correspondiente distintivo. Lo que se traduce en que, si yo tengo una plaza de garaje y varios vehículos, deben concederme una autorización para cada uno de ellos, porque, como comprenderán, cada vez que tenga que aparcar en “mi plaza de garaje”, no voy a ir a buscar la tarjeta a mi casa, a otro coche o a donde sea. Un poco absurdo.
Tan absurdo como que cuando la solicitas, te llevas la sorpresa de que te la deniegan porque “la plaza de garaje ya tiene tarjeta autorizada”. Según su propia Ordenanza, no se autoriza la plaza de garaje, se autoriza al vehículo.
Hace años, cuando solicitamos las tarjetas para los dos vehículos de nuestra propiedad, sólo nos concedieron una bajo el pretexto de que no estamos empadronados en Huelva, ya que residimos en otra localidad, aunque sí pagamos el impuesto correspondiente de la plaza de garaje. Tras mucho batallar y hacerles ver esta discriminación, nos concedieron la segunda tarjeta, pues no tenían base legal y moral para no hacerlo.
Como he comentado ante, la tarjeta para el coche de mi hijo me la han denegado porque dicen que ya tenemos dos. Por supuesto, dos coches, dos tarjetas; veinte coches, veinte tarjetas.
Contra la denegatoria interpuse un recurso que no ha resuelto, amparándose en el silencio negativo, del que fui informada, por cierto con muy malos modos, por una empleada de la Delegación de Movilidad, la cual debería hacer el curso de “Atención al ciudadano”.
Debido a la prepotencia de la que hace uso el Ayuntamiento, escribí este artículo hace unos meses. Y como deferencia, antes de publicarlo, se lo envié al Sr. Alcalde por Twitter para que supiera lo mal que lo están haciendo en una de sus delegaciones, incluso utilicé a un mediador próximo al Alcalde, pero sin ningún éxito. Debe ser que al Sr. Alcalde le importa muy poco que sus Ordenanzas Municipales infrinjan la ley, por no hablar del problema de una de sus contribuyentes. Hace uso del famoso dicho “lo hecho, hecho está” y se queda tan fresco.
Resumiendo, los dueños de plazas de garajes en calles peatonales no debemos ser víctimas de la incapacidad de nuestros gobernantes municipales. Así que espero, que sean inteligentes y rectifiquen el perjuicio que nos están causando y se den cuenta de que las tarjetas se conceden por vehículos, no por plaza de garaje. Insisto, es muy fácil de entender.
Sr. Alcalde, yo le sugiero que, si sale reelegido, nombre a un nuevo Concejal-Delegado de Movilidad que sepa “leer”.

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