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Jaén

Absuelto el hombre acusado de abusar de su mujer enferma de Alzheimer por falta de pruebas

No se considera acreditado que realizase con su esposa "cualquier tipo de actuación sexual"

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto al hombre al que la Fiscalía acusaba de un supuesto delito de abuso sexual cometido el 25 de junio de 2012 contra su mujer, "postrada en la cama" como consecuencia de la enfermedad de Alzheimer que padece, por el que pedía una pena de ocho años de cárcel, al considerar que "no ha quedado acreditado" que éste realizase con su esposa "cualquier tipo de actuación sexual".

   Así lo recoge la sentencia, de once páginas y fechada este pasado 9 de octubre, a la que ha tenido acceso Europa Press, que basa su fallo señalando que la prueba pericial realizada a la mujer por médicos forenses describía "un abanico de posibilidades" para explicar el "enrojecimiento" de la piel que la auxiliar de ayuda a domicilio que cuidaba de la supuesta víctima apreció en la zona vaginal de ésta el día en el que presuntamente su marido habría abusado de ella.

   En este sentido, el juez que rubrica la sentencia se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo (TS) para subrayar que para que una prueba "de indicios, indirecta, mediata, circunstancial, de inferencias, de presunciones o de conjeturas" pueda ser considerada como "prueba de cargo en el proceso penal", han de existir "unos hechos básicos" que "han de estar completamente acreditados", y entre éstos "y el hecho necesitado de prueba (el hecho consecuencia)" ha de haber "una conexión tal que, acaecidos los primeros, pueda afirmarse que se ha producido el último".


   En este caso, el magistrado considera que "falta la exploración" de la mujer del acusado "tanto por los médicos que la atendieron con ocasión de una infección de orina, como por los médicos forenses, lo que integraría un hecho básico y los hechos que como consecuencia pudieran derivarse de tal reconocimiento".

   De esta manera, añade, hay "ausencia de prueba de cargo", toda vez que el testimonio que prestó durante el juicio, celebrado la pasada semana, la auxiliar que cuidaba de la mujer carece de "prueba científica".

   Así las cosas, y aludiendo a los principios de presunción de inocencia y de 'in dubio pro reo', que establece que "si las pruebas dejaran dudas en el ánimo del juzgador sobre la existencia de la culpabilidad del acusado, deberá por humanidad y por justicia absolvérsele", el juez falla en ese sentido, es decir, decretando la "absolución libre" del encartado en su sentencia, que puede ser recurrida en casación, al entender que la prueba practicada "genera dudas sobre la culpabilidad del acusado", al que, de esta manera, también exime de tener que abonar una indemnización de 30.000 euros a su mujer, como solicitaba el Ministerio Público en concepto de responsabilidad civil.

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