Con el objetivo de mejorar la imagen urbana en todo el municipio y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 144.1 y 144.2 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), así como con lo dispuesto en el art. 84 de la Ordenanza Municipal de Edificación, el Ayuntamiento emite un bando dirigido a los propietarios de bajos y locales comerciales en desuso.
Estos deberán llevar a cabo, en un plazo máximo de dos meses, trabajos de limpieza, cerramiento provisional para que no puedan arrojarse objetos a su interior, enfoscado y/o pintado de fachada y elementos metálicos en mal estado. En caso de que el inmueble esté ubicado en el casco histórico, se establecen requisitos específicos en cuanto a materiales y colores, respetando la estética tradicional del entorno. Ante cualquier duda podrán consultarse con el área de Urbanismo (Casa Batmala).
Esta medida responde a la necesidad de evitar el deterioro y abandono de locales vacíos, tanto en el núcleo urbano como en las aldeas. El objetivo que se persigue es el de recuperar y dignificar estos espacios urbanos, mejorando con ello la imagen de Alcalá a fin de mantener las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
En caso de incumplimiento, el Ayuntamiento procederá a la apertura de expedientes sancionadores, pudiendo imponer multas coercitivas o ejecutar los trabajos de manera subsidiaria a costa de los propietarios.