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Estepona

Absolución, 20 años después, para la ex alcaldesa de Estepona Rosa Díaz

Los hechos juzgados sucedieron en 2001 y 2002. Fiscalía la acusaba de irregularidades en la venta y adjudicación de parcelas a un precio inferior al de mercado

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  • Rosa Díaz, en una foto de archivo. -
  • Otras dos personas que actuaban como liquidadores de entidades públicas, absueltos también del delito de prevaricación

La exalcaldesa de Estepona Rosa Díaz ha sido absuelta, 20 años después de los hechos juzgados, de un delito continuado de prevaricación.

La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha dictado este martes la sentencia del juicio a la exalcaldesa de la localidad malagueña Rosa Díaz y a otras dos personas, que actuaban como liquidadores de entidades públicas. Se les acusaba de supuestas irregularidades en la venta y adjudicación de parcelas a un precio inferior al de mercado a través de sociedades municipales.

La Fiscalía de Málaga acusaba a Díaz y a otro de los procesados por un delito continuado de fraude a la administración en concurso medial con otro de prevaricación, solicitando para cada uno de ellos en sus conclusiones iniciales la pena de tres años de prisión, así como la inhabilitación especial para empleo o cargo público durante diez años.

Asimismo, el ministerio público acusó al tercer procesado, en ese momento tesorero municipal, por su participación como liquidador, por un delito de fraude a la administración en concurso con otro de prevaricación, por lo que pidió dos años y medio de prisión e inhabilitación para empleo o cargo público durante nueve años. También se instó a declarar la nulidad de la venta.

Los hechos juzgados sucedieron en 2001 y 2002. El fiscal consideró que la que fuera alcaldesa y los otros dos acusados, estos como liquidadores de dos entidades públicas, "se pusieron de acuerdo para beneficiar" a dos mercantiles en el proceso de enajenación de varias fincas".

LA SENTENCIA

Con fecha 16 de noviembre, la Audiencia Provincial dicta que "debemos de absolver y absolvemos a Rosamaría Díaz García, Félix Alfonso Domínguez Pimienta y Francisco Javier González Valdés, del delito continuado de prevariación",

Deja sin efecto las medidas cautelares adoptadas y expone la posibilidad de presentación de recurso ante el Tribunal Supremo,

 

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