Los familiares de las víctimas del doble crimen de Almonte (Huelva) de abril de 2013, una niña de 8 años y su padre, han presentado una demanda de amparo ante el Tribunal Constitucional por entender que durante el procedimiento judicial se ha vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
En la demanda, a la que ha tenido acceso Efe, el abogado de la familia, Luis Romero, precisa que la sentencia dictada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en la que confirma la absolución para Francisco Javier Medina, única persona juzgada hasta ahora por estos hechos, "no está suficientemente motivada por no responder adecuadamente a todos los planteamientos efectuados por esta parte en su recurso de casación ni tampoco a los argumentos expuestos en su escrito de adhesión por el Fiscal del Tribunal Supremo".
Por ello, entiende que se incurre por esta Sala en los mismos errores que anteriormente cometieron tanto el Tribunal del Jurado en su veredicto como la Audiencia Provincial de Huelva y la Sala de lo Civil y Penal del TSJA en sus sentencias.
Precisa Romero en la demanda que el derecho a la tutela judicial efectiva comprende también el derecho al recurso legalmente establecido y el auto del TS que inadmite el incidente de nulidad de las actuaciones -presentado tras la sentencia confirmatoria- incurre en un formalismo excesivo que lesiona el derecho a la tutela judicial.
Y ello, añade, por "falta de motivación" ya que se limita a no admitir que otra sección de dicha Sala sea la que resuelva el incidente y a exponer que se ha reproducido el recurso de apelación presentado ante el TSJA en vez de denunciar y argumentar la vulneración de derechos fundamentales.
Por todo ello, solicita a la Sala que tenga por presentada la demanda, la admita y dicte sentencia por la que se otorgue a sus clientes el amparo solicitado y le reconozca el derecho vulnerado, de forma que se anule ese auto del Supremo que inadmite la petición de nulidad de actuaciones presentada contra la sentencia de este alto tribunal que confirmaba la absolución de Medina.
Esto conllevaría la nulidad del proceso, con devolución de los autos al Tribunal de origen para el dictado de nueva sentencia.