La Audiencia Provincial de Huelva ha negado la puesta en libertad de F.J.M., el único acusado por el doble crimen de Almonte en abril del 2013, en el que murieron una niña de 8 años y su padre.
En un auto comunicado a las partes, al que ha tenido acceso Efe, la Sección Tercera de la Audiencia desestima el recurso de apelación presentado por el acusado contra el auto de fecha de 2 de septiembre del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La Palma del Condado que mantenía la medida cautelar adoptada en junio de 2014, de prisión provisional comunicada y sin fianza.
Recuerda la Audiencia que la medida de prisión acordada se adapta a las exigencias de excepcionalidad, subsidiariedad, provisionalidad y proporcionalidad con los fines legítimos de asegurar la celebración del juicio y evitar la persistencia en el delito.
En este caso se están imputando al recurrente un delito "de doble asesinato", sancionado con penas muy graves, delito que por sí mismo, "ya justifica en este momento procesal, el mantenimiento de la medida acordada sobre la situación personal del solicitante de la libertad", dice el auto.
Asimismo, considera que existen motivos "suficientes" que aconsejan el mantenimiento de la medida de prisión, entre ellos, "un indudable riesgo de fuga, no sólo por la gravedad de las penas que pudieran recaer, sino por inexistencia de suficiente arraigo familiar y personal del imputado que harían muy tentador el sustraerse a la acción de la justicia".
El imputado no tiene cargas familiares ante la inexistencia de hijos o personas que dependan del mismo y, respecto del trabajo que realizaba en el establecimiento de Almonte, fue despedido ante la gravedad de los hechos.
Además, precisa la Audiencia que "existen indicios suficientes y contundentes contra el imputado", como el hallazgo de su ADN en tres toallas de la vivienda en la que aparecieron los cuerpos que, según los informes científicos, tendrían que haber llegado allí por contacto directo, cuando él hacía bastante tiempo que no iba.
También se hace referencia a las declaraciones testificales que dicen haber visto al acusado la noche de los hechos fuera de su lugar de trabajo, de donde él mantiene que no salió hasta la hora del cierre o al hallazgo, durante la inspección ocular practicada en la vivienda, de una huella de zapatilla deportiva que coincidiría en cuanto al número, tipo y modelo con la obtenida del registro de la vivienda del imputado.