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Miércoles 03/07/2024  

Jerez

Dos años de cárcel para la conductora que causó la muerte a un menor en ciclomotor

Ha sido considerada culpable de un delito de homicidio por imprudencia grave, al haberse probado durante el juicio que conducía a velocidad excesiva y realizó una maniobra irregular al adelantar

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El Juzgado de lo Penal número 2 de Jerez  ha condenado a dos años de prisión a una mujer tras declararla culpable de un delito de homicidio por imprudencia grave, al haberse probado durante el juicio que el 3 de junio de 2011 conducía a velocidad excesiva y realizó una maniobra irregular al adelantar, provocando la muerte a un joven de 16 años que conducía un ciclomotor en la calle Pablo Neruda de la localidad jerezana.

   La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que, sobre las 16,00 horas del día de los hechos, la condenada conducía un vehículo de su propiedad sin seguro obligatorio por resolución del contrato con la compañía por impago de la prima.

   Circulaba por la avenida de Arcos en sentido a la Universidad, en Jerez, y delante y en el mismo sentido un ciclomotor que conducía la víctima. Detalla que el tramo por el que transcurrían era recto, con buena visibilidad y en buen estado de conservación, con señal vertical de limitación de velocidad a 40 kilómetros por hora.

   Añade que, al llegar a la confluencia con la calle Pablo Neruda, el ciclomotor conducido por el menor se dispuso a realizar una maniobra permitida de giro a la izquierda para tomar por dicha calle, pero el turismo circulaba "a velocidad excesiva despreciando las más elementales normas de cuidado", ya que pese a la limitación de velocidad vigente en dicho tramo iba "a una velocidad comprendida entre los 85 y los 100 kilómetros por hora".

   Así, la acusada "no controló el vehículo y, sin efectuar siquiera maniobra de frenado, intentó adelantarlo por el carril izquierdo rebasando antirreglamentariamente una línea continua longitudinal, colisionando por alcance con el ciclomotor y golpeando al conductor de éste hasta el acerado de la parte izquierda, donde colisionó con unos árboles quedando detenido".

   A consecuencia del "violento golpe", el menor resultó con traumatismo abdominal y vertebral que le ocasionó un shock hipovolémico posthemorrágico y el fallecimiento.

   Así las cosas, el juez condena a la acusada por un delito de homicidio por imprudencia grave cometido utilizando vehículo a motor a la pena de dos años de prisión, así como a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de tres años y medio, pena esta última que conllevará la pérdida definitiva del carné de conducir. En lo que respecta a la responsabilidad civil, se condena a indemnizar a los padres del fallecido en 115.993 euros.

   Por otra parte, absuelve a la acusada de los delitos contra la seguridad vial por conducción por exceso de velocidad y por conducción temeraria que se le imputaban.

   Según argumenta la sentencia, el juez no considera probada la velocidad exacta a la que conducía la ahora condenada, ni la persistencia en el tiempo de una conducción que supusiera un riesgo para otros conductores o peatones y, por tanto, la absuelve de los delitos antes mencionados.

   Contra dicha resolución puede interponerse recurso de apelación, en el plazo de diez días a contar desde su notificación, que será resuelto por la Audiencia.

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