El tiempo en: Alcalá la Real

Córdoba

La Audiencia suspende el desalojo del Rey Heredia porque \"no se cumplen requisitos\" para ello

Ve \"evidente\" que lo que debe procurarse es que \"no se dilate por más tiempo\" la causa ante la supuesta usurpación del inmueble

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Audiencia Provincial de Córdoba ha suspendido el desalojo del antiguo colegio Rey Heredia, transformado desde el pasado mes de octubre en un centro social por la 'Acampada Dignidad', y que ahora el juez considera que "no se cumplen los requisitos" para adoptar las medidas cautelares que solicitaba el Ayuntamiento de la capital.

   Así lo ha confirmado a Europa Press la abogada del colectivo, quien ha detallado que la Audiencia ha estimado el recurso planteado por la 'Acampada Dignidad' contra el auto del Juzgado de Instrucción número 4 en el que se recogía la medida del desalojo, y ahora revoca dicha resolución y considera que "el centro no se puede cerrar".

   En este sentido, destaca que la Audiencia argumenta que "no se cumplen los requisitos para que se puedan adoptar las medidas cautelares", de manera que las personas que ocupan el equipamiento desde octubre "pueden seguir estando allí", aunque recuerda que el caso sigue en fase de instrucción, pero por el momento "no se pueden adoptar" las medidas cautelares.

   Según recoge el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, "no se ha acreditado la urgencia para la adopción de la medida de desalojo", además de que "no se ha acreditado perjuicio alguno por parte del titular del bien objeto del litigio, puesto que conforme a la prueba practicada, el inmueble en cuestión no era utilizado, explotado, arrendado, ni objeto de ninguna actividad que se haya interrumpido por la presencia de los denunciados en el lugar".

   Igualmente, señala que dado el estado de la causa, es "previsible una inmediata o próxima resolución que dé paso a la celebración del juicio oral", de manera que "la conclusión no puede ser otra que la de entender que no existe proporcionalidad, ni necesidad urgente para la adopción de la medida cautelar". Por ello, revoca la resolución de instancia y deja sin efecto el desalojo acordado.

   Así, explica que es "un edificio desocupado, cuyo destino primitivo, como instalación de uso educativo, dejó de serlo", al tiempo que destaca que "la conclusión no puede ser otra que la de entender que no es procedente la adopción de la medida por la necesidad urgente de recuperar la posesión", dado que la denuncia se produce el 4 de octubre de 2013, y tras los informes emitidos de acuerdo con la pretensión del Ministerio Fiscal provocan que la adopción de la medida se dilate hasta el 7 de abril de 2014, fecha en que se dicta el auto del presente recurso.

   Y, añade, "no existe ni la más mínima actividad probatoria encaminada a acreditar cualquier clase de perjuicio, por muy leve que este sea, por parte del titular del bien presuntamente usurpado, sino todo lo contrario"

   Además, precisa que "dado el estado de la causa", resulta "evidente" que lo que debe procurarse es que "no se dilate por más tiempo la tramitación de la misma", y, "dada la poca dificultad de la instrucción, proceder a la celebración lo más rápidamente posible del juicio correspondiente, y en definitiva, al dictado de una resolución que definitivamente tutele los derechos en juego, dado que el juez cree que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de usurpación de un bien inmueble.

LA CAUSA

   En concreto, el juez del Juzgado de Instrucción número 4 de Córdoba dictó a principios de abril un auto en el que daba un plazo de un mes a las personas que ocupan el antiguo colegio Rey Heredia para que lo desalojaran, medida que la 'Acampada Dignidad' recurrió.

   Al respecto, detallaban que el togado decretó la ejecución de las medias cautelares que el Ayuntamiento pedía en diciembre, y que fueron respaldadas por la Fiscalía, de manera que daba un mes para desalojar las instalaciones, al tiempo que el colectivo subrayó que agotaría "todas las vías", aunque acatará la decisión judicial.

   No obstante, ahora la Audiencia ha estimado el recurso sobre dicho auto, todo ello después de que la semana pasada el Consistorio planteara al juez que "no son exactas" las razones para un nuevo plazo de desalojo del Rey Heredia, en respuesta a la petición de la Audiencia Provincial de Córdoba que emitió una resolución en la que solicitaba al Ayuntamiento de la capital a que se pronunciara sobre si mantenía o no la pretensión de desalojo en su día instada.

   Mientras, seguirá la causa principal por la ocupación en la que hay un total de 14 personas imputadas por la supuesta comisión de un delito de usurpación de bienes inmuebles, después de que en el mes de octubre pasado fuera ocupado el antiguo colegio Rey Heredia, y que desde esa fecha han convertido en un centro social.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN