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Un informe jurídico de la Junta sobre el proyecto de Gas Natural considera "inviable" un nuevo gaseoducto

El documento data de noviembre de 2011 y posteriormente se facilitó al Consejo de Participación de Doñana

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  • Parque Natural de Doñana -

Un informe de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía sobre los aspectos jurídicos del proyecto de Saladillo y Marismas orientales que Petroleum Oil & Gas España (Gas Natural) pretende acometer en el espacio natural de Doñana consideraría "inviable" la instalación de un nuevo gaseoducto.

   El documento, al que ha tenido acceso Europa Press, data de noviembre de 2011 y posteriormente se facilitó al Consejo de Participación de Doñana. El informe se refiere "solo" a la compatibilidad jurídica y se centra en las actividades, actuaciones y usos compatibles del Parque Natural en función de la zonificación de éste.

   Así, recuerda que el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural de Doñana (PORN) regula los aprovechamientos mineros y demás recursos geológicos y establece que en las zonas de Reserva (Zona A) se consideran "incompatibles" las nuevas actividades de investigación y aprovechamiento de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos.

   Además, entiende que esto se refiere a las actividades de investigación "nuevas" y no a las anteriores a la aplicación del PORN. Sobre las actividades actuales en Doñana para la explotación de gas natural, el documento de la Secretaría General Técnica considera "imposible desde un punto de vista jurícido concretar si los citados trabajos se encuentran amparados en la concesión" que data de 1995.

   Sobre el proyecto de infraestructuras proyectadas, es decir el gaseoducto, el estudio expone que afectaría a las zonas de Reserva (Zona A) donde se consideran "incompatibles" la construcción de nuevas infraestructuras y edificaciones de cualquier tipo, excepto las vinculadas al uso público, educación ambiental o la conservación o gestión del espacio natural protegido.

   Del Proyecto Saladillo, el documento manifiesta que el proyecto prevé la sustitución de uno de los gaseoductos existentes por uno de mayor diámetro sin modificar su trazado y, aunque no se especifica, la Secretaría General Técnica entiende que el trazado afecta a la Zona A del parque. Tras su análisis, el informe dice que "en principio esta infraestructura resultaría incompatible, al afectar a Zona A".

   Por otro lado, respecto al proyecto de almacenamiento subterráneo de gas natural, Marismas B-1, Marismas A y Marismas C-2, el informe de la Consejería de Medio Ambiente reconoce que al estar asociada a las concesiones en su momento otorgadas para la explotación de yacimientos ha de considerarse como una nueva actividad, por lo que la misma y las actuaciones que sean necesario ejecutar para su puesta en marcha se encuentran sometidas al régimen de autorización previsto en la ley siempre que afecte al ámbito territorial del parque natural de Doñana.

   En definitiva, el documento señala que habrá de tenerse en cuenta la prohibición establecida para todo el ámbito del parque que dice que toda actividad que suponga la destrucción o alteración irreversible del patrimonio geológico, de las formaciones geológicas o de los yacimientos palentológicos o el incremento de la erosión del suelo.

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