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Campo de Gibraltar

El dentista condenado tras un tratamiento bucodental niega que hubiese negligencia

"Según el dentista afectado, que alude al punto séptimo de la sentencia, "no puede afirmarse en este acto que el tratamiento odontológico obtuviera el resultado previsto, fundamentalmente porque el mismo no se terminó"

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El dentista implantólogo J.G.R., condenado por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Algeciras (Cádiz) a indemnizar a una paciente con 7.420 euros por un tratamiento médico dental, según informaba en una nota la asociación de 'El Defensor del Paciente', ha negado ahora que dicha indemnización se deba a un tratamiento negligente, como sostenía la citada asociación.

La sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación, recoge que la afectada, de 57 años de edad y natural de Algeciras, contrató los servicios de un implantólogo para realizarse cinco implantes en la arcada inferior (dos en el lado derecho y tres en el izquierdo) rellenos con hueso y membrana, así como la expansión de la cresta mandibular para la posterior colocación de una prótesis inferior fija implantosoportada.

Según el dentista afectado, que alude al punto séptimo de la sentencia, "no puede afirmarse en este acto que el tratamiento odontológico obtuviera el resultado previsto, fundamentalmente porque el mismo no se terminó, por lo que no puede achacarse ni la defectuosa colocación de las coronas ni todo lo que falta ante la negativa de la actora a continuar asistiendo a la consulta del demandado tras el 30 de noviembre de 2012".

"Esta no obtención del resultado en el resto del tratamiento, es decir, a partir de la colocación de los implantes, no puede imputarse al demandado, siendo razonable que presentando la actora en noviembre 2010 el cuadro diagnóstico que indica en la demanda no quisiera continuar con el mismo médico", prosigue el fallo, que dice que "tampoco puede deducirse de las pruebas practicadas que existió una mala colocación de los implantes que no fue correcto ni ajustado a la patología existente, aun cuando no lo estuvieron en óptimo estado".

Recoge, además, que "la actora en el mes de noviembre exige la retirada de uno de los implantes y que es a partir de ahí cuando empiezan a aparecer los dolores la parestesia. Ninguno existió con anterioridad a ese momento".

Del mismo modo, el fallo dice que "no cabe imputar responsabilidad al médico, sin que sea posible hacer una deducción de negligencia", y que "no se ha acreditado con la prueba pericial practicada los hechos de la demanda la apreciación de una culpa en la conducta del demandado al no poder admitir una objetivación absoluta de responsabilidad".

Insiste que la única cantidad a la que se le condena al dentista se debe "a que se le impone la obligación de abonar a la demandante la suma de 7.420 por no haberle terminado el tratamiento".

En cuanto a las 21 denuncias ante el Colegio de Dentistas de Cádiz que, en el comunicado de la asociación de El defensor del Paciente se señala que se ha seguido por diferentes pacientes insatisfechos contra este dentista, y que dicha entidad colegial precisa que "ninguna se ha convertido en expediente sancionador a excepción de una, sobre la que aun no existe resolución firme en recurso contencioso-administrativo", el afectado también ha querido puntualizar que "se trata de distintas quejas y reclamaciones interpuestas ante el Colegio de Dentistas a lo largo de más de 20 años de ejercicio y que, en ningún caso, han llegado a presentadas".

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