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España

Condenado a nueve años y medio de cárcel por violar a una limpiadora de un centro de mayores

R.A., accedió al interior del centro de día de personas mayores, donde se encontraba la víctima desempeñando su trabajo como limpiadora

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a nueve años y seis meses de cárcel a un joven marroquí de 25 años de edad por violar a una mujer que ejercía como limpiadora en un centro de día de personas mayores ubicado en la localidad sevillana de Carmona, tras todo lo cual la amenazó de muerte advirtiéndole de que "si decía algo la mataba".

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera relata que los hechos tuvieron lugar sobre las 6,15 horas del día 15 de abril de 2010, cuando el acusado, R.A., accedió al interior del centro de día de personas mayores, donde se encontraba la víctima desempeñando su trabajo como limpiadora.

De este modo, y "beneficiándose" del hecho de que la víctima se encontraba sola, ya que el centro estaba cerrado al público, la sorprendió cuando estaba limpiando el aseo de caballeros. Al verle, la mujer comenzó a gritar, momento en que el procesado la sujetó con los brazos y le tapó la boca.

A continuación, y como la víctima forcejeaba para librarse de él, le propinó un puñetazo en la mejilla haciéndola caer al suelo y le manifestó que "si seguía chillando la mataría", por lo que la afectada, "aterrorizada", dejó de prestar resistencia. Así, y tras levantarla del suelo, le bajó el pantalón, las mallas y la ropa interior y la violó, no dejando de repetir que "ya estaba muerta".

Tras ello, el acusado, en prisión por estos hechos desde el 17 de abril de 2010, la cogió del pelo y la arrojó al suelo, diciéndole que "se quedara calladita, que si decía algo la mataba, que estaba muerta y que iba a volver a rematarla", marchándose a continuación del lugar.
INDEMNIZACIÓN DE 20.000 EUROS

La Audiencia tiene en cuenta que el condenado reconoció los hechos durante la celebración del juicio y lo condena a nueve años y medio de cárcel por un delito de agresión sexual con la agravante de abuso de superioridad, así como al pago a la víctima de una indemnización de 256 euros por las lesiones sufridas y de 20.000 euros por los daños y perjuicios morales causados.

Asimismo, le prohíbe comunicarse y aproximarse a la víctima a una distancia no inferior a 500 metros por un periodo de once años.

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