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España

El TS abre la puerta a rebajar penas con ley del sí es sí pero "caso a caso"

El Tribunal Supremo se ha pronunciado este martes sobre la aplicación de la 'ley del solo sí es sí' en el marco del 'caso Arandina'

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El Supremo ha abierto la puerta a que los tribunales puedan rebajar condenas a agresores sexuales en aplicación de la conocida como "ley del sólo sí es sí" en el caso de que la nueva norma contemple penas inferiores que el anterior Código Penal, si bien ha insistido en que no se puede hacer "de forma global", sino que hay que ir "caso por caso".

Una conclusión a la que ha llegado tras estudiar el caso de la Arandina, en el que la Sala de lo Penal ha elevado de 3 y 4 años de cárcel a 9 la condena a dos exjugadores de la Arandina Club de Fútbol por agredir sexualmente a una menor en 2017, un año menos del que pedía la Fiscalía al entender el tribunal que hay que aplicar la norma más favorable, que es la "ley del sólo sí es sí".

Al avanzar el fallo de este caso y a la espera de las argumentaciones que plasmará en la sentencia, que se conocerá en unos días, el Tribunal Supremo ha incidido en una nota en que la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual "podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así suceda".

Eso sí, deja claro que hay que analizar "caso por caso" y que no puede hacerse "de forma global", y que las rebajas pueden aplicarse tanto en asuntos pendientes de juicio, como en recursos de apelación o casación de sentencias ya dictadas, como en resoluciones que ya son firmes.

Es la primera vez que el Tribunal Supremo se pronuncia, aunque de forma breve, sobre la posible aplicación de la ley del sólo sí es sí a condenas por delitos sexuales en un momento en el que tanto la esfera política como la judicial tienen la vista puesta en el criterio que fijen los magistrados del alto tribunal. 

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