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Sevilla

La veterinaria procesada por Magrudis asegura un límite de indemnización de 1,2 millones

Aporta a la instancia judicial una póliza de seguro suscrita por el Consistorio con un "límite de indemnización" de 1.202.025 euros, según dicho documento

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  • Imagen de archivo de la nave de Magrudis. -

La veterinaria del Ayuntamiento hispalense procesada por el Juzgado de Instrucción número 19 de Sevilla, por el brote de listeriosis surgido en 2019 por la carne mechada distribuida por la empresa Magrudis pese a estar contaminada con dicha bacteria; ha aportado a tal instancia judicial una póliza de seguro suscrita por el Consistorio con un "límite de indemnización" de 1.202.025 euros, según dicho documento recogido por Europa Press.

Ello, después de que el grueso de los lesionados por este brote solicitase al Juzgado de Instrucción número 19 que requiriese a la veterinaria municipal, María José O.B.; y al Ayuntamiento hispalense, ambos incluidos en el auto de procedimiento abreviado dictado por dicha instancia judicial, para que "identifiquen a las compañías con las que tenían suscrita la póliza de seguro de responsabilidad civil en fecha de 19 de agosto de 2021" y "aporten las condiciones generales y particulares de dichas pólizas".

Y es que en el auto de continuación de las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado, figuran la mencionada veterinaria municipal en calidad de autora y el Ayuntamiento como responsable civil del brote, saldado con más de 200 personas afectadas, cuatro muertes tras consumir los productos contaminados con la bacteria Listeria monocytogenes y abortos en el caso de varias embarazadas.


"Como conocemos en el presente procedimiento que Magrudis tiene suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil con la compañía AXA por importe de hasta 300.000 euros", según el colectivo, se solicitaba que la veterinaria municipal y el Ayuntamiento "identifiquen a las compañías con la que tienen suscrito el seguro de responsabilidad civil obligatorio y aporten las condiciones generales y particulares de dichas pólizas, con la única finalidad de poder hacer frente a las indemnizaciones con motivo de los perjuicios sufridos por todas las víctimas del procedimiento".

Las indemnizaciones 

El letrado Germán Grima, del despacho Ateneo Abogados, quien representa al grueso de los lesionados por el brote, recuerda al respecto que los cálculos en cuanto al coste global de las indemnizaciones reclamadas "rondaría los cinco millones" de euros, una cuantía que supera ampliamente la suma de las cantidades abarcadas por las pólizas de Magrudis y del Ayuntamiento.

En concreto, el Juzgado de Instrucción número diez de Sevilla ha ordenado continuar las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado contra el administrador único de Magrudis, Sandro José Marín Rodríguez; su padre y administrador de hecho de la entidad, José Antonio Marín Ponce; su otro hijo, Mario Marín Rodríguez; Encarnación Rodríguez Jiménez como esposa de Sandro José, la inspectora veterinaria municipal María José O.B. y las sociedades Magrudis y Elaborados Cárnicos Mario, por un delito contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, seis delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 244 delitos de lesiones por imprudencia grave, al tiempo que declara responsables civiles al Ayuntamiento de Sevilla y a la Compañía de Seguros AXA.

La actividad de Magrudis 

La empresa, según la investigación, habría comenzado a funcionar en 2013, sin darse de alta hasta 2015 en el registro autonómico alimentario, extremo que habría realizado entonces sin autorización municipal, detectando el juzgado "una actuación deficitaria y anormal del servicio público" municipal de inspección.

El juzgado achaca a Magrudis y sus responsables "una mala praxis en la manipulación y transformación de los productos cárnicos", lo que provocó "una intoxicación masiva con resultado de muertes, lesiones a fetos con resultados de abortos y lesiones a lo largo de todo el territorio nacional y especialmente en Andalucía"; destacando que la empresa incurría en "una falta de consideración a las mínimas reglas de seguridad alimentaria".

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